El COE Nacional, en sesión permanente del lunes 29 de junio de 2020, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió:

julio 6, 2020

  1. Horario de toque de queda de 23h00 a 05h00.
  2. Vehículos particulares circulan pares e impares, de lunes a sábado. Los domingos 05 y 19 de julio, podrán circular vehículos con placa impar, mientras que los domingos 12 y 26 podrán circular los vehículos con placa par.
  3. Taxis convencionales y ejecutivos, transporte mixto y carga liviana podrán circular todos los días sin restricción de placa
  4. Transporte institucional circula sin restricción de placa cumpliendo con los protocolos establecidos para este sector.
  5. Transporte urbano al 50% de su aforo.
  6. Transporte intraprovincial autorizado con el 50% del aforo, entre cantones con el mismo color: amarillo y/o verde.
  7. Transporte interprovincial al 50% del aforo, únicamente entre cantones de provincias con el mismo color amarillo o verde.
  8. Transporte terrestre turístico, respetando los protocolos establecidos para esta actividad.
  9. La emisión de salvoconductos se mantiene vigente para necesidades médicas y los de la cadena productiva, exportación, alimentos (abastecimiento y distribución), farmacéutica, y los planes piloto aprobados por el COE NACIONAL para el retorno progresivo de actividades. Se eliminan los emitidos para entregas a domicilios. Se eliminan los salvoconductos emitidos para necesidades médicas.
  10. Centros comerciales y restaurantes, se permite la atención al público con el 50% del aforo
  11. Se reanudan actividades laborales presenciales en los sectores públicos y privados al 50%.
  12. Se autorizan velorios con hasta 25 personas
  13. Se autoriza el desarrollo de reuniones sociales o ejecutivas con un máximo de 25 personas, asegurando el distanciamiento social 9 mínimo requerido (2 metros entre personas), no uso de sistemas de ventilación y el cumplimiento estricto del control de medidas de bioprotección.
  14. Se autoriza la apertura de cines y teatros con el 30% de su aforo permitido.
  15. Se autoriza el inicio de actividades en sitios arqueológicos, zoológicos, museos, parques nacionales (excepto el Parque Nacional Yasuní), con el ingreso del 30% de visitantes, cada institución deberá implementar un protocolo para este fin.
  16. Se autoriza la reanudación de actividades de entrenamiento formativo en piscinas en espacios cerrados, se deben respetar los protocolos de bioseguridad y los lineamientos emitidos desde el COE Nacional.

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